Mariano Guillermo Cejas Rodríguez, coordinador regional de C´s en Canarias, presenta la siguiente iniciativa para que el Parlamento de Canarias inste al Gobierno regional a que reclame ante el Gobierno de España la adquisición de chalecos antibalas en número suficiente para que no haya ningún componente de la Guardia Civil sin él, y que se les adjudique los mismos, en modelo y talla adecuado a su género y morfología.
EXPOSICION DE MOTIVOS
Uno.- Entre el material de seguridad que debe ser objeto de dotación por parte de la Dirección General de la Guardia Civil a los miembros de dicha Institución, el más importante es el chaleco antibala.
Sin embargo, la adquisición de dicho material se ha realizado con retraso y en número insuficiente, dando como resultado que hoy día la mayoría de los guardias civiles no disponen de dicha medida de seguridad. Y es que se adjudicó un número pequeño de estos a las Unidades que se han considerado prioritarias, de tal forma que tienen que ser compartidos.
Compartir el mismo chaleco entre un número indeterminado de efectivos aumenta los riesgos para la salud de los guardias civiles pues no se higienizan entre un servicio y otro, por lo que el riesgo de transferencia de material biológico (sangre, saliva,…) entre ellos es alto.
Además de ello, al disponerse solo de unas tallas concretas, los chalecos no cumplen su cometido, pues se observan casos de guardias civiles con chalecos que les resultan pequeños y que por lo tanto no les protegen, y otros que llevan uno demasiado grande que dificulta el acceso al resto del material de dotación oficial que se lleva en el cinturón de servicio.
Es obvio que la seguridad de los guardias civiles no puede condicionarse a decisiones políticas sobre la oportunidad o no de realizar el gasto de adquisición y dotación, aún menos cuando se procedió hace ya tiempo a la elevación al nivel 4 de alerta terrorista, lo que supone que ahora más que nunca se ha convertido en necesidad el empleo de este tipo de chaleco para el desarrollo de las actividades de seguridad características del Cuerpo de la Guardia Civil.
Segundo.- Dentro del colectivo de la Guardia Civil, en este asunto como también en otros, es la mujer la peor parada.
Desde la incorporación de la mujer al Cuerpo de la Guardia Civil en el año 1988, pocas han sido las ocasiones que se han tenido en cuenta por la Dirección General de la Guardia Civil las necesidades asociadas al género a la hora de adquirir el equipamiento de dotación oficial.
En referencia al chaleco antibala, no se ha tenido en cuenta al colectivo femenino ni a su singular fisonomía a la hora de la adquisición de este material, y ello a pesar de existir en el mercado modelos específicos para la mujer policía y que por lo tanto garantizan su eficacia,
Y es que la Dirección General de la Guardia Civil ha procedido a la adquisición de chalecos antibala unisex o estándar. Esto sin duda contraviene lo que se ha venido defendiendo como adjunto y propio del género femenino. Y es que las formas propias de la mujer debe ser condición indispensable en la adquisición de este tipo de chalecos.
El propio Servicio de Armamento y Equipamiento Policial (SAEP) dependiente de la Dirección General de la Guardia Civil realizó un estudio balístico y evaluación del comportamiento de los chalecos antibala para su empleo por personal femenino, determinando, en base a los resultados y análisis realizados lo siguiente:
1. El chaleco deberá tener un comportamiento técnico óptimo usuario/medio y por ello, deberá estar apoyado de forma continua sobre la superficie exterior del tórax para poder absorber al máximo la energía de perforación y deformación producida por el proyectil.
2. Si el chaleco no apoya en la superficie exterior del tórax, el chaleco no tiene un comportamiento óptimo y por tanto la posibilidad de penetración frente a condiciones normales aumenta.
3. Con carácter general, el personal tanto masculino como femenino, cuyas características antropométricas permitan de forma correcta la colocación del chaleco sobre la parte frontal del tórax (contacto permanente chaleco/tórax), deberá utilizar el chaleco antibala standard.
4. El personal femenino cuyas características antropométricas NO permitan la colocación correcta del chaleco sobre la parte frontal del tórax, deberá utilizar el chaleco antibala adecuado, si bien el chaleco de dotación standard, puede suplir a aquel frente a la carencia del mismo.
De la lectura de su informe se evidencia que las mujeres guardias civiles deben usar un chaleco antibala adecuado a su morfología como única forma de asegurar una adecuada protección frente a ese tipo de agresión.
Obviamente, como indican, aunque el chaleco antibala estándar o unisex no proteja adecuadamente, siempre será mejor que no llevar puesto ninguno.
Pese a todo, la Dirección General de la Guardia Civil ha reaccionado a la carencia de chaleco femenino, imponiendo el uso del chaleco estándar o unisex, de estar disponible en sus tallas S o XS, incurriéndose en responsabilidad disciplinaria en caso de no acatar esta orden.
Al respecto, debe traerse a colación el caso ocurrido en agosto de este año, de la mujer guardia civil destinada en la Comandancia de la Guardia Civil de Salamanca a la que se ha imputado un delito militar de “insubordinación” y que puede terminar ingresando en una prisión militar por usar un chaleco antibala adquirido por ella misma, específico para mujeres, en vez del disponible en ese momento, estándar o unisex, que además de no protegerle le impedía utilizar su arma y demás elementos de dotación oficial.
Por parte de la Delegación de la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) en Las Palmas se ha realizado una campaña de concienciación entre las diputadas de este Parlamento, que han podido comprobar en primera persona, la diferencia que existe entre portar un chaleco antibala diseñado específicamente para mujeres y el portar uno diseñado para hombres, aunque lo sea de una talla pequeña.
Por ello, efectúa ante el Parlamento de Canarias la siguiente,
PETICIÓN
Que el Parlamento de Canarias inste al Gobierno de Canarias para que:
1.- Se inste del Gobierno de la Nación la adquisición de chalecos antibala en número suficiente para que no haya ningún componente de la Guardia Civil sin él, y que se les adjudique los mismos, en modelo y talla adecuado a su género y morfología, a la finalización de su periodo de formación en la Academia de Guardias Civiles, a la vez que se realiza la adjudicación del arma oficial.
2.- Se inste del Gobierno de la Nación la modificación del nuevo Código Penal Militar que entró en vigor el pasado 15 de enero de 2016, excluyendo del ámbito de su aplicación, en todo caso, al personal del Cuerpo de la Guardia Civil.